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noviembre 14, 2018
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SANTO DOMINGO.- El Instituto de Protección y Previsión del Periodista (IPPP) y el Colegio Dominicano de Periodistas (CDP) denunciaron que la morosidad e incumplimiento de empresas y medios de comunicación en el pago del medio por ciento (0.5%) de la publicidad pagada, que es obligatorio como lo establece el artículo 21 de la ley 10-91, lo que impide la sostenibilidad de los programas de asistencia y salud que deben brindar a sus miembros y familiares.
Ambas instituciones anunciaron que procederán al cobro por las vías que dicta la Ley y denunciaron que, debido a los atrasos y baja tributación, se han acumulado deudas que impiden el normal desenvolvimiento de las instituciones periodísticas.
El presidente del IPPP denunció que debido al incumpliendo en el pago, esa institución solo en el seguro médico, ha acumulado deudas por más de un millón de pesos, lo que ha obligado su suspensión, así como otros planes y programas en beneficio de los periodistas y sus familias.
“Solo del seguro médico, para finales de este mes las deudas se acercarán al millón de pesos. Eso impide la continuidad y vigencia de nuestros planes de salud”, indicó.
En ese sentido, informó que están procediendo ante la Dirección General de Impuestos Internos para que intervenga frente a empresas que incumplen con el pago del impuesto a la publicidad, o que simplemente entregan lo que les parece y cuando les parece.
Dijeron que, como resultado de esa práctica, los ingresos recibidos en los meses de agosto y septiembre de este año fueron apenas de 133 y 253 mil pesos, respectivamente, “cuando debieron ser millones de pesos, principalmente debido a la rentabilidad de muchos de los grandes medios de nuestro país”.
El presidente del IPPP, Juan Carlos Bisonó, leyó el artículo 29 de la Ley de Colegiación de los Periodistas, que dicta el procedimiento a seguir en situaciones como las denunciadas que dice: “En caso de conflictos sobre el monto de la contribución, el Colegio y/o los medios solicitarán una fiscalización a la Dirección General del Impuesto Internos (DGII), que determinará la suma correcta a pagar.
Las decisiones del Impuesto sobre la Renta pueden apelarse ante un tribunal del orden administrativo”.
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