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septiembre 10, 2018
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SANTO DOMINGO.- La Fundación Prensa y Derecho someterá ante el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad contra la penalización de “la difusión de mensajes negativos a través de las redes sociales que empañen la imagen de los candidatos”, establecida por la ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
Namphi Rodríguez, dice que con esa prohibición la ley se convierte en una “mordaza” que atenta contra la libertad de expresión de los ciudadanos y, por tanto, entra en controversia con la Constitución de la República.
El abogado explicó que esa disposición legal viola los artículos 40 y 49 de la Constitución, que establecen los derechos a la libertad y seguridad personal y a la libertad de expresión e información, respectivamente.
“Esa prohibición representa una seria amenaza para la libertad de expresión y podría provocar inhibición en redes sociales”.
Según el inciso 6) del artículo 41 de la Ley de Partidos, la persona que difunda mensajes negativos que empañen la imagen de un candidato será sancionada conforme a los artículos 21 y 22 de la Ley No. 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, que condenan la difamación y la injuria a través de medios electrónicos con prisión de tres meses a un año.
“La difamación cometida a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos, de telecomunicaciones o audiovisuales, se sancionará con la pena de tres meses a un año de prisión y multa de cinco a quinientas veces el salario mínimo”, dice el artículo 21 de la Ley 53-07.
“La injuria pública cometida a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos, de telecomunicaciones, o audiovisuales, se sancionará con la pena de tres meses a un año de prisión y multa de cinco a quinientas veces el salario mínimo”, establece el artículo 22 de la ley 53-07, a la que hace referencia el artículo 44 de la ley de Partidos.
Rodríguez expresó, además, que el término “mensaje negativo” no es claro, por lo que es imposible precisar cuál es la conducta prohibida por la L ey de Partidos, y deja a la discreción de algunos “iluminados” determinar si un mensaje es negativo o positivo.
“Una ley que limite la libertad de expresión en redes sociales debe estar redactada de tal manera que resulte innecesario cualquier esfuerzo de interpretación; por esa razón la Ley de Partidos es inconstitucional”, considera Rodríguez.
Explicó que hay mensajes que aunque pudieran ser considerados negativos para un político determinado tienen valor para el debate democrático y, por lo tanto, no debería ser penado por la Ley.
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